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viernes 27 de enero de 2012

TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL DENIEGA INSCRIPCION A NAPOLEON CAMPOS COMO CANDIDATO INDEPENDIENTE.. lea comunicado.




COMUNICADO OFICIAL DE LA CAMPAÑA DE RECOLECCIÓN DE FIRMAS PARA LA POSTULACION A CANDIDATOS INDEPENDIENTES A DIPUTADO POR SAN SALVADOR, PROPIETARIO: 

NAPOLEÓN CAMPOS, SUPLENTE: LORENA MENA


Familiares, amig@s y vecin@s de los 19 municipios del Departamento de San Salvador:


A nombre de nuestro Comité de Apoyo, y del nuestro como fórmula de postulantes a la candidatura independiente a la Asamblea Legislativa, agradecemos a tod@s su respaldo con sus firmas en los 19 municipios de San Salvador.


Igualmente, una vez iniciado el proceso interno del TSE con nuestros libros, y sobretodo a partir del silencio administrativo del TSE a nuestra solicitud de inscripción, agradecemos a tod@s su atención, su preocupación, día tras día, en torno al desenlace del proceso.

Hasta hoy viernes 27 de enero de 2012, es posible para nosotros presentarles una exposición de los hechos, una evaluación de los mismos, y una perspectiva previsible en lo inmediato. 


Pero, sobretodo, deseamos recordar lo que dijimos desde un principio cuando quien abajo suscribe, anunció la postulación el 15 de septiembre pasado: nos presentamos a esta lucha cívica por reforzar y robustecer la reforma política y electoral iniciada por la valiente respuesta de los Magistrados de la Sala de lo Constitucional a diversos recursos de inconstitucionalidad promovidos por ciudadan@s honorables, juristas brillantes, como: Félix Ulloa, María Silvia Guillén, entre otr@s.


Desde ese horizonte presentó su servidor la postulación a candidato independiente a diputado por el Departamento de San Salvador: la postulación siempre estuvo, está y seguirá estando en un segundo renglón dentro de este empeño ciudadano por rescatar la democracia a 20 años de los Acuerdos de Paz. 


Empeño que como ustedes saben ha caracterizado nuestra trayectoria en los medios de comunicación, en las universidades, en la sociedad civil, como voz consultiva de los temas internacionales y de los temas de país, de nación.


SUMARIO DE LOS HECHOS

1) Los postulantes junto al Comité de Apoyo entregamos al TSE los primeros 100 libros de 50 firmas de respaldo cada uno, el viernes 13 de enero. 

Un segundo lote de 130 libros los entregamos el martes 19 de enero, y los libros restantes el jueves 19 siguiente a las 09:03 horas.


2) Amigos cuyos nombres no podemos revelar, en dos áreas del TSE, nos informaron extraoficialmente que la validación de firmas para nuestra postulación concluyó en torno a las 17 horas del viernes 20


Sin embargo, a nivel oficial no hubo ninguna notificación, no obstante nuestras fuentes nos reconfirmaron la existencia de un reporte sobre validación.

3) Simultáneamente, el TSE, por medio de la Secretaría General, exhortó a aquellos postulantes que no tenían notificación sobre validación de firmas de respaldo, presentar un escrito donde se solicitara oficialmente la inscripción de la candidatura.

Según se explicó, el TSE estaba en la obligación de notificar, pero esta solicitud permitía al postulante recibir una respuesta antes que “la puerta se cerrará” a la medianoche de ese día viernes 20, para todo tipo de candidato, sea partidario o no partidario. 


Nuestra solicitud tiene hora de ingreso: 18:23 horas. Con la solicitud, se nos dijo, no veríamos vulnerados nuestros derechos en el ínterin hasta que se nos notificara.


4)  A las 22:30 horas del viernes 20, vía telefónica, un funcionario de la Secretaría General del TSE nos indicó que no había notificación

Nuestro equipo asesor nos hizo ver que el TSE podía hacer uso del Art. 199 del Código Electoral el cual le permite un lapso de 3 días calendario, siguientes a la presentación de la solicitud. 

Los 3 días marcaban como límite las 18:23 horas del lunes 23 de enero próximo pasado.

El lunes 23 suplicamos presencialmente la notificación y nos dijeron en la Secretaría General –que es el órgano notificador- que no había notificación.

5) El martes 24 de enero próximo pasado hicimos una súplica presencial por la mañana y una vía telefónica por la tarde, y en ambas ocasiones nos dijeron que no había notificación, y que seguramente en la sesión de organismo colegiado de ese día en horas vespertinas y nocturnas se iba a firmar la Resolución sobre nuestra solicitud la cual a su vez, lógicamente, iba a incorporar el resultado de la validación de firmas respaldantes. 


En ese momento, para nosotros fue claro que desde las 18:24 horas del lunes 23, un minuto después de cumplidos los 3 días siguientes a la presentación de la solicitud, el Estado de Derecho en El Salvador había facilitado la garantía y protección de nuestros derechos políticos conforme a la figura y doctrina del silencio administrativo positivo.


6) El miércoles 25, nos presentamos con un nuevo escrito. 

Ante el silencio administrativo del TSE, solicitamos la inscripción de nuestra candidatura a las 09:33 horas. 


La Secretaria General en funciones nos mostró y entregó en ese momento la Resolución, firmada realmente la noche antes, sin embargo el texto dice que “a las veinte horas y seis minutos del día veintitrés de enero de dos mil doce”.


La Resolución es extemporánea no sólo en función de la solicitud de inscripción ingresada el día veinte a las 18:23, si no también porque en efecto la resolución había sido firmada en tiempo real por los Magistrados el día 24 en alguna hora de la tarde o noche. 


El mismo personal del TSE comentaba en los pasillos que la sesión de organismo colegiado se prolongó hasta medianoche del día 24.

En todo caso, si la Resolución había sido suscrita realmente el día 23 como reza el texto, ¿Por qué no se nos notificó el día 24, en alguna de nuestras súplicas? 


La respuesta es sencilla: porque la Resolución fue firmada por los Magistrados vespertina o nocturnamente el día 24.



7) La Resolución deniega la petición de inscripción a la candidatura. 


De conformidad con el informe de verificación, nuestros libros únicamente aportaron 7,871 registros aceptados, menor al piso mínimo de respaldos para San Salvador de 12 mil. 

Reza la Resolución: “En consecuencia, al no haberse alcanzado el número de firmas o huellas indispensables, no es procedente extender la constancia de habilitación para inscribirse como candidatos no partidarios…”.



Las miles de firmas invalidadas o no aceptadas es congruente con lo reportado para otros postulantes independientes, algunos que lograron en tiempo hacer reposiciones y han sido habilitados y a quienes felicitamos por su inscripción, pero en todos los casos nadie recurrió informe alguno, pues todas las resoluciones carecen de un anexo que reporte libro por libro, en qué folios se detectaron anomalías o inconsistencias que llevaron al TSE a no validar la firma respaldante. 



El andamiaje jurídico-electoral aún carece, y no sabemos por cuánto tiempo más carecerá de ese recurso para garantizar los derechos políticos de l@s ciudadan@s.


Recibir este informe de validación de firmas antes de la medianoche del 20 de enero hubiese ocurrido en un escenario distinto al escenario extemporáneo en el que lo recibimos. 

El mismo Código Electoral establece que pudimos haber sido prevenidos oficialmente por el TSE sobre el déficit de firmas (así como de cualquier otro requisito que se incumpla), de tal suerte que de forma inmediata podíamos haber ido a recolectar más firmas. 


Aún bajo la hipótesis que era una tarea compleja reponer más de 4 mil firmas en 72 horas, pero al fin y al cabo era un reto para nosotros, ciudadan@s independientes, de haber sido notificados antes de la medianoche del día 20. Constituía una decisión que competía a la fórmula postulante y a nuestro Comité de Apoyo, y bajo ningún concepto podía ser, y puede ser, una decisión discrecional de organismo colegiado del TSE. Ser notificados hasta el miércoles 25, nulificó toda posibilidad de reemprender la recolección de firmas como una garantía política de nosotros. 


8) Por tanto, haciendo uso de nuestros Derechos Constitucionales, y del Derecho Administrativo Contencioso, el día jueves 26 de enero, a las 08:30 horas, en total respeto al TSE como máximo autoridad electoral, ingresamos el Recurso de Revocatoria (Art. 308 del Código Electoral) de la resolución señalada, en virtud  de que todas las evidencias apuntan a que los Magistrados no firmaron la resolución el día y a la hora como reza el texto mismo, y en base a los efectos del silencio administrativo positivo, que nos son favorables como una presunción de derecho que da origen a un accionar procesal autónomo. 

El Art. 18 Constitucional, los artículos señalados del Código Electoral, y el silencio administrativo positivo, constituyen la garantía de nuestros derechos, por lo que solicitamos se proceda a nuestra inscripción, para todos los efectos.



Amig@s, familiares y vecin@s de los 19 municipios del Departamento de San Salvador:

El TSE tiene para resolver el recurso, conforme al Art. 308 del Código Electoral, 3 días calendario, plazo que vencerá a las 08:30 horas del domingo 29 de enero de 2012. La resolución del TSE al recurso será inapelable.

Dejamos abierto en redes sociales, en los medios de comunicación, a la ciudadanía de todo el país y de l@s salvadoreñ@s en el exterior, este caso que pone a prueba nuestro avance democrático, la operatividad y eficacia de las Instituciones del Estado de El Salvador, y la garantía y goce irrestricto de los derechos de l@s ciudadan@s. 


Confiamos que el organismo colegiado aceptará sus equívocos, y obrará conforme a la verdad y la justicia electoral.

Anhelamos que este proceso abone a la reforma político-electoral a 20 años de los Acuerdos de Paz.

San Salvador, a las doce horas del veintisiete de enero de dos mil doce.


Napoleón Campos                                                                                                                 

1 comentarios:

Nino Del piero dijo...

La mera verdad profe..YA LE DIERON EN LA NUCA ESOS.

BIEN LE HICIERON EL TAMAL..

-difícil que le den una respuesta positiva pues le faltan FIRMAS.

YO ME PUEDO BIEN A ESOS.

LO POKAREARON, PUES USTED SERIA NO DESEABLE EN COMISIONES LEGISLATIVAS ...

ESPEREMOS LO QUE DICEN LOS ANGELITOS DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL PUES...

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